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N° 118. DESCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJADOR SOCIAL EN CASOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN EL AMBITO FAMILIAR ATENDIDOS EN EL ALBERGUE PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE LA GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ITAPÚA, DE JULIO 2020 A SEPTIEMBR

N° 118. DESCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJADOR SOCIAL EN CASOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN EL AMBITO FAMILIAR ATENDIDOS EN EL ALBERGUE PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE LA GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ITAPÚA, DE JULIO 2020 A SEPTIEMBR

N°: 118
CARRERA: TRABAJO SOCIAL
AÑO: 2021
AUTORA:  JULIA GRACIELA FIGUEREDO VERA

RESUMEN:

La presente investigación aborda la descripción de la intervención del Trabajador Social en casos de violencia contra las mujeres en el ámbito familiar atendidos en el albergue para mujeres víctimas de violencia de la Gobernación de Itapúa, los objetivos planteados para dicha investigación fueron describir el rol del Trabajador Social en este albergue de mujeres víctimas de violencia, conocer los distintos tipos de violencia, las principales causas de violencia y los organismos que las protegen en el marco de la Ley 5777/16. El rol del Trabajador Social ante la violencia contra la mujer dentro de la familia es hoy fundamental por las acciones que realizan dentro de su ámbito profesional. Un trabajo en conjunto de las instituciones comprometidas en la lucha para la protección de las mujeres víctimas de violencia, harán posible llevar adelante acciones más claras y eficaces en favor de las mismas. Contar con un albergue es necesario en todo el País, puede darle esa sensación seguridad a las mujeres necesitan para romper el silencio y la ayuden la decisión de salir de su hogar o realizar una denuncia en contra de su agresor. Cabe destacar que la Ley 5777/16 de protección integral a las mujeres contra toda forma de violencia dice en su Artículo 1°: que la presente Ley tiene por objetivo establecer políticas de prevención de la violencia hacia la mujer, así como mecanismo y medida de protección, la política pública llevada adelante por el Ministerio de la Mujer en conjunto con las Gobernaciones, se adecuan hoy al compromiso establecido en la Convención de Belén Do Porá (9 de junio 1994) ratificada en el comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer (CEDAW) que establece por primera vez el derecho de la mujer a una vida libre de violencia de la cual también el Paraguay forma parte, esta manera nos sujetamos a esta Ley a fin de cumplir con los compromisos de proteger a las Mujeres dentro de las Familias. La propuesta metodológica es de tipo cualitativo descriptivo con soporte teórico de otros autores y entrevista realizada a la Secretaria de la mujer niñez y adolescencia quien cumple a la vez la función de coordinadora del albergue para mujeres víctima de violencia dependiente de la Gobernación de Itapúa. El presente trabajo identificó el rol que cumple el Trabajador Social, así como las principales causas de violencia de las mujeres que ingresan al albergue, estos datos se lograron a través de una entrevista a la encargada de dicha Secretaría y a la vez coordinadora del albergue para mujeres víctimas de violencia dependiente la mencionada Gobernación. La Ley N° 5.777/16, en sus artículos 26 y 28 nos habla de la responsabilidad de las Gobernaciones de la creación de una casa de acogida para mujeres víctima de violencia, coordinando con un enfoque interdisciplinario, servicios de asistencia médica, psicológica, legal, laboral y social la misma estará a su cargo, y a la vez, en coordinación, supervisión y apoyo técnico del Ministerio de la Mujer.

PALABRAS CLAVES: Violencia.  Género. Familia. Trabajador Social.