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TRASTORNOS MENTALES COMO CAUSA DE INIMPUTABILIDAD EN EL
PARAGUAY
Tania Sofía, Schaefer-Czeraniuk
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Universidad Autónoma de Encarnación - Paraguay
Recibido 19/05/2023
Aprobado 25/07/2023
RESUMEN
Un hecho punible corresponde a un hecho antijurídico que sea reprochable. Sin embargo,
existen causas por la que los sujetos pueden ser eximidos de responsabilidad penal por ocurrir
lo contrario. En el Paraguay, una de las causas corresponde a los trastornos mentales, pero no
se debe entender de manera que trastorno mental es igual a irreprochabilidad, por lo que es
necesario esclarecer los conceptos relacionados a la psiquiatría forense. La no comprensión de
muchos aspectos de lo que es la psiquiatría y la psicología clínica forense en la actualidad lleva
a cometer errores que terminan en resultados no deseados. Por eso, este texto pretende, tras una
revisión de literatura en bases de datos y su análisis, describir las características principales de
la psiquiatría forense en su función judicial, así como indagar en cuáles son los criterios
utilizados al día de hoy para la designación de inimputabilidad a una persona con enfermedad
psiquiátrica diagnosticada, sabiendo que, a pesar de todo, la única figura judicial que puede
declarar la inimputabilidad es el juez. Los especialistas de la Dirección de Medicina Legal y
Ciencias Forenses del Ministerio Público son los encargados de elaborar el informe en el cual
se establece la presencia de trastornos psíquicos y su relación con el acto delictivo pero, en la
actualidad, en Paraguay no existe un catálogo de trastornos mentales definitivos de
imputabilidad, lo que determina que se utilicen guías internacionales, lo cual podría resultar en
una mala interpretación de los diagnósticos y su verdadera relación con el hecho punible en
cuestión.
Palabras clave: psiquiatría, trastornos mentales, inimputabilidad, reprochabilidad, forense.
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Doctora en Medicina. Universidad Autónoma de Encarnación. tania.schaefer26@unae.edu.py
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MENTAL DISORDERS AS A CAUSE OF UNACCOUNTABILITY IN
PARAGUAY
ABSTRACT
A punishable act corresponds to an anti-juridical act that is reproachable. However, there are
causes for which the subjects may be exempted from criminal liability for the opposite
occurrence. In Paraguay, one of the causes corresponds to mental disorders, but it should not
be understood in such a way that mental disorder is equal to irreproachability, so it is necessary
to clarify the concepts related to forensic psychiatry. The lack of understanding of many aspects
of what psychiatry and forensic clinical psychology is today leads to mistakes that end in
undesirable results. Therefore, this text aims, after a literature review in databases and its
analysis, to describe the main characteristics of forensic psychiatry in its judicial function, as
well as to investigate what are the criteria used today for the designation of unimputability to
a person with a diagnosed psychiatric illness, knowing that, despite everything, the only
judicial figure who can declare the unimputability is the judge. The specialists of the
Directorate of Legal Medicine and Forensic Sciences of the Public Prosecutor's Office are in
charge of preparing the report establishing the presence of psychiatric disorders and their
relationship with the criminal act but, at present, in Paraguay there is no catalog of definitive
mental disorders of imputability, which determines that international guidelines are used,
which could result in a misinterpretation of the diagnoses and their true relationship with the
punishable act in question.
Key words: psychiatry, mental disorders, unimputability, reproachability, forensic.
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Introducción
Según el Código Penal del Paraguay (Ley 1160/97), “un hecho punible corresponde a un
hecho antijurídico que sea reprochable y reúna, en su caso, los demás presupuestos de la
punibilidad”. En el mismo código se define como reprochabilidad “a la reprobación basada en
la capacidad del autor de conocer la antijuridicidad del hecho realizado y de determinarse
conforme a ese conocimiento. De aquí surge, por antagonismo, el concepto de
irreprochabilidad, en el que el sujeto es eximido de responsabilidad penal por ocurrir lo
contrario.
Para saber cómo proceder en el Paraguay, se realizó una revisión de literatura disponible en
bases de datos y en espacios web de entes reguladores con el fin de analizar la norma, describir
las características principales de la psiquiatría forense, específicamente en su función judicial
en Paraguay, y cuáles son los criterios utilizados al día de hoy, para la designación de
inimputabilidad a una persona con enfermedad psiquiátrica diagnosticada.
Revisión
MARCO LEGAL
El Código Penal paraguayo en su art. 23 consagra las diferentes causales de irreprochabilidad,
siendo una de ellas el “Trastorno Mental”:
“1º No es reprochable el que, en el momento de la acción y omisión, por causa de
trastorno mental, de desarrollo psíquico incompleto o retardado, o de grave
perturbación de la conciencia, fuera incapaz de conocer la antijuridicidad del hecho o
de determinarse conforme a ese conocimiento;
Cuando por las razones señaladas en el inciso anterior el autor haya obrado con
una considerable disminución de su capacidad de conocer la antijuridicidad del hecho
o de determinarse conforme a ese conocimiento, la pena será atenuada con arreglo al
artículo 67.
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A partir de lo estipulado, las causales establecidas en la disposición legal no ocasionan la
irreprochabilidad del supuesto autor por solas, teniendo en consideración que es
imprescindible que ellas causen al momento de la comisión del hecho, la incapacidad de
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comprensión de la naturaleza antijurídica de esa conducta o en su caso que el sujeto sea incapaz
de dirigir su actuar conforme a ese entendimiento (Montenegro & Cruz, 2020).
Cabe destacar que según la última revisión de la Clasificación Internacional de Enfermedades
(CIE 11) “Los trastornos mentales corresponden a síndromes que se caracterizan por una
alteración clínicamente significativa en la cognición, la regulación emocional o el
comportamiento de un individuo, lo cual refleja una disfunción en los procesos psicológicos,
biológicos o del desarrollo que subyacen al funcionamiento mental y comportamental”. Añade
que estas perturbaciones están generalmente asociadas con malestar o deterioro significativos
a nivel personal, familiar, social, educativo, ocupacional o en otras áreas importantes del
funcionamiento”
(OMS, 2019).
Hay tipos diferentes de trastornos mentales y la lista de patologías que cumplen con estos
criterios es numerosa, pero no existe un catálogo específico de trastornos mentales aceptados
como causa de inimputabilidad en Paraguay, por lo que se aplican los conceptos médicos
generales y se evalúa cada caso particular. Esta función es llevada a cabo por el médico
especialista en psiquiatría forense.
LA PSIQUIATRÍA FORENSE
La Psiquiatría Forense es el conjunto de nociones medicolegales-psiquiátricas que tienen
importancia en el derecho penal, civil, laboral, canónico y que se relacionan con algunos
aspectos de la capacidad mental y psíquica (Serpa, 1994).
En el Paraguay, la Dirección de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público, a
través del departamento de Psicología y Psiquiatría Forense, es la encargada de establecer las
condiciones emocionales, mentales y de la personalidad de los procesados en un hecho
delictivo para determinar el estado de salud mental de los imputados y, por lo tanto, si estos
poseen alguna enfermedad mental que imposibilite que sean reprochados o juzgados por el
delito que se le atribuye.
Por lo mencionado, se entiende que el objetivo de la intervención del psiquiatra forense no es
el tratamiento de la persona y su patología, sino informar al juez o fiscal el resultado de su
análisis y evaluación de la persona investigada en el código y lenguaje de las autoridades
judiciales. En cierto modo el perito médico debe traducir los términos médicos a términos
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legales (Castillo, 1999). Asimismo, en el análisis de la imputabilidad se siguen criterios
biológico-psicológicos y psiquiátricos, por cuanto se trata de establecer estados
psicopatológicos o anormalidades psíquicas graves de carácter orgánico o de base biológica
(Castellano, Gisbert y Sánchez, 2005)
Es importante destacar que la ley paraguaya establece que la intervención de un especialista en
psiquiatría forense como perito debe ser solicitada previamente por el juez porque la única
figura judicial que puede declarar la inimputabilidad es este mismo. En este sentido, es
necesario recalcar que él necesita que todas las actuaciones judiciales estén enmarcadas en el
debido proceso, porque de lo contrario podría dictarse una decisión errónea vulnerando
derechos y transgrediendo la norma. Para evitar una decisión inadecuada, por tanto, resulta
vital contar con el informe psiquiátrico, psicológico y social (Vargas,1999).
El especialista debe fundamentalmente hacer un diagnóstico en tres niveles:
- El primer nivel es determinar la salud mental de la persona en el momento del hecho.
- El segundo nivel es diagnosticar el estado de la salud mental en el momento de la
entrevista, esto incluye, además, si el sujeto está en condiciones mentales de afrontar el
juicio.
- Y finalmente, el tercer nivel debe diagnosticar la salud mental previa al hecho.
Así, el médico especialista en psiquiatría forense trabaja junto con el auxiliar del juez para
brindar las bases científicas del caso a través de una intervención objetiva.
La entrevista es el método clínico diagnóstico por excelencia del perito psiquiatra. La
comprensión de la salud y la enfermedad del paciente procede principalmente de la narración
que este hace de su vida anterior, sus actitudes y emociones y el desarrollo de sus síntomas
(Serpa, 1994). Así también, el perito recurre a la lectura y análisis del expediente donde constan
los informes de testigos y de la policía que son más cercanos al hecho, lo que le permite al
perito contextualizar la conducta en un momento dado. A través de la entrevista y el examen
mental deben evaluarse variables como la conciencia, la lucidez, el raciocinio, el juicio y la
impulsividad. Otro objetivo del psiquiatra forense cuando estudia un caso de posible
inimputabilidad, y quizá el principal, es descartar un falso trastorno mental. Hoy en día la
simulación de enfermedades mentales es una cuestión muy delicada en el ámbito del peritaje
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forense, por lo que es necesario adquirir espíritu de observación, conocimientos psicológicos
y psiquiátricos (Porter, Kapian & Homeier, 2010).
TRASTORNOS MENTALES DEFINICIÓN CLÍNICA
Como ya fue afirmado previamente, en la actualidad, no existe un documento que establezca
los trastornos que vuelven inimputables a un sujeto, por lo que se aplican las normativas
internacionales en ciertos casos, así como las doctrinas aceptadas por la mayoría de los
especialistas del país. Por lo tanto, como indica Quirós (2017), los trastornos mentales o
anomalías psíquicas que pueden generar una inimputabilidad no constituyen una lista taxativa.
Las clasificaciones psiquiátricas varían con el paso de los años, lo que hace unos meses era
enfermedad mental, hoy puede no serlo y viceversa (Castellano, Gisbert y Sánchez, 2005).
Es importante aclarar que a nivel mundial existen múltiples categorizaciones en cuanto a los
trastornos mentales, las cuales están en constante revisión. En la actualidad, existen dos
clasificaciones internacionales que poseen una mayor vigencia: la de la Organización Mundial
de la Salud (Clasificación Internacional de las Enfermedades, CIE-10) y la de la Asociación
Psiquiátrica Americana, con el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales
de la Asociación de Psiquiatría Americana (DSM) (Gaviria, 2005).
A continuación, se describen algunos de los trastornos mentales más relevantes en casos
relacionados a la inimputabilidad:
- Esquizofrenia y trastornos psicóticos relacionados (trastorno psicótico breve, trastorno
con ideas delirantes, trastorno esquizoafectivo, trastorno esquizofreniforme y trastorno
de personalidad esquizotípico): se caracterizan principalmente por presentar síntomas
psicóticos y a menudo síntomas negativos y deterioro cognitivo. Los síntomas
psicóticos incluyen delirios, alucinaciones, desorganización del pensamiento y el habla
y comportamiento motor extraño e inapropiado, mientras que los síntomas negativos se
refieren a una disminución o falta de emociones y comportamientos normales, tales
como el afecto aplanado y la falta de motivación. La disfunción cognitiva en estos
trastornos afecta principalmente la atención, la función ejecutiva y la memoria. El
diagnóstico se basa en los síntomas y el curso de la enfermedad (OMS, 2022). Según
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la OMS (2019) este trastorno afecta a alrededor de 21 millones de personas de todo el
mundo (APA, 2014).
- Demencia: corresponde a un trastorno neurocognitivo mayor y se caracteriza por un
declive cognitivo significativo en relación con un nivel previo de rendimiento en algún
dominio mental, ya sea atención compleja, función ejecutiva, aprendizaje y memoria,
lenguaje, habilidad perceptual motora o cognición social. Este declive debe estar
preferentemente documentado por un test neuropsicológico estandarizado o, en su
defecto, por otra evaluación clínica cuantitativa (APA, 2014). Este trastorno no debe
confundirse con el delirio, aunque hay un trastorno de la cognición en ambos, ya que
la demencia es provocada en forma típica por cambios anatómicos en el encéfalo, tiene
un inicio más lento y, usualmente, es irreversible.
- Delirio: este trastorno afecta principalmente la atención y es caracterizado por una
alteración seria en las capacidades mentales que genera pensamientos confusos, así
como una disminución de su conciencia sobre el entorno. El comienzo del delirio suele
ser rápido (algunas horas o pocos días) y la mayoría de las veces es reversible, ya que,
por lo general, se debe a factores contribuyentes, como una enfermedad aguda o
crónica, cambios en el equilibrio metabólico, fármacos, infección, cirugía, o
intoxicación o abstinencia por alcohol o drogas (Cabrera & Fuertes, 1997). Si se
demuestra que la acción se produjo en un estado de delirio establecido y pleno, la
inimputabilidad será total porque la clínica de un delirio le impide obviamente
comprender lo injusto del hecho y orientar su voluntad con arreglo a ese conocimiento.
No obstante, hay situaciones intermedias en las que la sintomatología no es tan intensa
como para anular completamente la imputabilidad, dando lugar a situaciones de
semiimputabilidad, teniendo siempre que analizar cada caso en particular y valorar con
precisión todas las circunstancias que concurran” (Quirós, 2017).
- Psicopatías: aquí se incluyen al “grupo de trastornos de la personalidad, patrones de
pensamiento, percepción, reacción y relación generalizados y duraderos que llegan a
causar un malestar significativo en la persona y su periferia, produciendo el deterioro
de su funcionamiento laboral y/o interpersonal”. El DSM-5 enumera 10 tipos de
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trastornos de la personalidad, entre los cuales se encuentran el antisocial, limítrofe,
trastorno obsesivo-compulsivo y esquizotípico, entre otros (OMS,2022).
- Trastornos de desarrollo psicológico: abarcan la discapacidad intelectual, causando una
disfunción en las habilidades cognitivas y en la conducta
(APA, 2014). Por definición,
son verdaderas alteraciones de la mente y, por lo tanto, el juez debe hacer una
valoración específica en cuanto a la intensidad del trastorno, “ya que solo se pueden
considerar como causa de inimputabilidad aquellos trastornos graves que afecten en la
totalidad de la comprensión del injusto penal” (Álvarez, Soto, Quirós & González,
2016).
Conclusión
En la actualidad, Paraguay no cuenta con una lista que determine cuáles son los trastornos
mentales aceptados penalmente como causas de inimputabilidad, lo cual podría resultar en una
mala interpretación de los diagnósticos y su verdadera relación con el hecho punible en
cuestión, ya que la reprochabilidad se basa en la capacidad del autor de conocer la
antijuridicidad del hecho realizado y de determinarse conforme a ese conocimiento y no en el
padecimiento de una patología. Por lo tanto, la inimputabilidad no es sinónimo de trastorno
mental y es necesario individualizar cada caso y la influencia del trastorno mental sobre la
capacidad intelectiva y volitiva de la persona al momento del hecho delictivo. Los especialistas
de la Dirección de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público son los
encargados de elaborar el informe en el cual se establece la presencia de trastornos psíquicos y
su relación con el acto delictivo, pero la toma de decisión final se encuentra a cargo del juez.
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