Tesis - TFG

N° 29. LÍMITES RECURSIVOS DE LA PARTE ACUSADORA EN EL PROCESO PENAL

N° 29. LÍMITES RECURSIVOS DE LA PARTE ACUSADORA EN EL PROCESO PENAL

N°: 29
CARRERA: MAESTRÍA EN DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL
AÑO: 2021
AUTOR: RICHARD ROLANDO GIMÉNEZ FERNÁNDEZ

RESUMEN:

El presente trabajo de tesis ha sido realizado en cl marco de la Maestría en Derecho Penal y Derecho Procesal Penal, en la cual se examinan los límites recursivos de la parte acusadora en el proceso penal, Conteniendo cada parte importante del tema, así mismo se podrá observar el estudio de los distintos principios rectores que rigen en materia de impugnación penal. por ejemplo, el principio de generalidad, el principio de adhesividad, el principio de competencia restrictiva, el principio extensivo, el principio suspensivo, el principio de la prohibición de la reforma en perjuicio y por último y no menos importante el principio de taxatividad. Por otra parte, se puede observar el estudio de los medios de impugnación que existen en el sistema procesal penal y las apreciaciones doctrinarias, como ser el recurso de apelación, el recurso de nulidad, el recurso de casación, el recurso de revisión y el recurso de reposición. Para ello se realizó el estudio doctrinario mediante la revisión bibliográfica, su justificación en el ámbito procesal penal resulta notable para de esta manera comprobar si existen jurídicamente límites recursivos a la parte acusadora dentro del sistema procesal penal, los resultados obtenidos permitieron esclarecer las incertidumbres comprendidas anteriores a este trabajo. 
PALABRAS CLAVE: Derecho penal, Derecho comparado, Proceso, Corte Suprema.

HIPÓTESIS Y OBJETIVOS:
La hipótesis sobre la que se trabajó en la investigación teniendo en cuenta lo estudiado en nuestro Código Procesal Penal, es determinar si el Ministerio Público quien es titular de la acción penal pública en consideración a la casuística de los procesos penales con la ilimitada interposición de recursos por parte del órgano acusador, hace repetitivos intentos para condenar a un procesado por la comisión de un delito o crimen sin que muchas veces se tengan los suficientes elementos de cargo y si esta situación guarda relación con un doble juzgamiento a los procesados, teniendo en cuenta que la mayoría de los recursos culminan en la figura procesal del reenvío. 
En ese sentido, la normativa penal nacional establece los casos en los cuales una parte podrá interponer un recurso, basándose en el principio de generalidad que establece que cuando la ley no haga diferencia entre las partes se entenderá que cualquiera de ellas podrá interponer un recurso, es decir, si bien la normativa no especifica de manera determinada las partes que pueden interponer un recurso en específico, si menciona que en el caso de algunas actuaciones no se podrán interponer, por ejemplo en el caso del auto de apertura a juicio oral y público, es decir, de esta manera establece una restricción, pero no solo a la parte acusadora, sino para todas las partes, en ese contexto, no se observa una norma jurídica especifica que establezca una limitación a la parte acusadora de impugnar las decisiones judiciales, por lo cual la necesidad de una reforma del Código Procesal Penal en este punto en específico se torna extremadamente necesario, debido a los costos que conlleva la realización de un nuevo juicio en los casos de reenvió, siendo que el Tribunal posee la facultad de decisión directa que usualmente no es aplicada en los recursos interpuestos ante sí. 
El objetivo general que se ha planteado fue analizar si el sistema recursivo regulado en la normativa procesal permite el reenvío de la causa en casos de absolución del procesado a un nuevo juicio. En relación a los objetivos específicos para así poder alcanzar el objetivo general, mediante esta investigación se propuso establecer si la parte acusadora puede en caso de absolución de un procesado recurrir esa resolución, como segundo objetivo específico se planteó determinar si los jueces aplican en caso de planteamiento de recursos cuando se absuelve al acusado, las normativas establecidas en el Código Procesal Penal y por último conocer los recursos establecidos en la normativa procesal penal y en relación a los límites recursivos de la parte acusadora cuando el procesado es absuelto.