N°: 33
CARRERA: MAESTRÍA EN DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL
AÑO: 2021
AUTORA: NELLY LLAMOSAS
RESUMEN:
La presente investigación se ha estructurado con el objeto de averiguar la protección jurídica que otorga la legislación penal paraguaya a aquellas personas víctimas de delitos contra el honor que se hallen en condiciones de vulnerabilidad económica. En tal sentido se ha estudiado la forma de acción, como facultad que tiene toda persona que se crea lesionada en algún derecho de solicitar al órgano jurisdiccional la reparación de esa vulneración. En nuestra legislación procesal estos delitos se encuentran tipificadas como delitos de Acción penal Privada, para lo cual se torna necesario la contratación de Abogados particulares. En tal sentido, el objetivo general ha sido analizar la tipificación de los delitos contra el honor y reputación en el Código Penal y si la norma penal o procesal garantiza una adecuada protección al ejercicio de la defensa de esos derechos garantizados en la CN y si se ajustan a los estándares internacionales de protección a los derechos fundamentales. En cuanto a la metodología de investigación se ha utilizado el dogmático jurídico por ser la que más se ha ajustado al objeto de investigación. Se ha evidenciado que el ordenamiento positivo penal no brinda una adecuada protección a la víctima de delitos contra el honor, por restringir el acceso a la justicia a través de la obligatoriedad de promover la querella privada para la defensa de su honor.
PALABRAS CLAVE: Honor, Reputación, Calumnia, Difamación, Injuria. Protección
HIPÓTESIS Y OBJETIVOS:
La Constitución Nacional afirma y ratifica la protección al Honor y Reputación, ellas se encuentran garantizadas en la carta fundamental, al garantizar claramente que: “toda persona tiene derecho a la protección en su integridad física, psíquica, en su honor y reputación, garantiza además la igualdad para el acceso a la justicia y se obliga a allanar todos los obstáculos que la impidiesen”.
En tanto, se tiene que toda persona afectada por una lesión a su honor tiene derecho a accionar en virtud de la protección punitiva consagrado en el Código Penal, en las figuras de Calumnia, difamación e Injuria, Artículos150, 151, y 152. Sin embargo, esta defensa punitiva presenta una dificultad del ejercicio pleno, pues la víctima de un delito contra el Honor y Reputación sólo puede ejercer la defensa de esos derechos si se instituye en querellante, para lo cual requiere de la contratación de un Abogado particular.
Por lo que se tiene como hipótesis de esta investigación, que la legislación nacional consagra la protección efectiva de los delitos contra el honor y reputación.
Toda norma procesal debe presentar la característica de contemplar la protección de los derechos de las personas de escasos recursos, por consiguiente, se deberá establecer mecanismos adecuados que permitan una protección igualitaria a todas las víctimas de delitos contra el honor y reputación.
Atendiendo a la situación de víctimas de delitos contra el honor quienes por la falta de recursos no pueden acceder a la justicia a ejercer la defensa de sus derechos. Las preguntas que se abordaron en la investigación fueron: A nivel nacional, ¿cuál es el marco normativo e histórico que existe en cuanto a protección de los derechos al honor y reputación?, A nivel internacional ¿cuáles son los instrumentos normativos de protección a las víctimas de delitos contra el honor y reputación? Cuál es el pensamiento doctrinal con referencia a la protección de los Derechos del Honor y Reputación.
En cuanto al objetivo general planteado fue analizar las garantías que ofrece la norma penal y procesal penal para una protección adecuada al ejercicio de la defensa de los delitos contra el honor y la reputación en la Constitución Nacional y en el Código Penal.
Del objetivo general se desprenden los siguientes objetivos específicos que fueron: Determinar la consonancia de los lineamientos normativos del código procesal penal con los principios consagrados en la Constitución Nacional en los delitos contra el honor y la reputación; indagar el cumplimiento de los convenios internacionales suscriptos por el Paraguay en los delitos contra el honor y la reputación a la luz del Código Penal y el Código Procesal Penal; e indicar el proceso de solución a los delitos contra el honor y la reputación que plantea el Código Procesal Penal y su correspondencia con los principios consagrados en la Constitución Nacional.