Tesis - TFG

N° 38. LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL PROCESO PENAL PARAGUAYO ANTE LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y EL CONTRL DE CONVENCIONALIDAD

N° 38. LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL PROCESO PENAL PARAGUAYO ANTE LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y EL CONTRL DE CONVENCIONALIDAD

N°: 38
CARRERA: MAESTRÍA EN DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL
AÑO: 2021
AUTORA: CYNTHIA LORENA MARECOS ESCOBAR

RESUMEN:

En la presente investigación se analiza si las medidas de seguridad dictadas en los procesos penales se adecuan a lo prescripto a la Constitución Nacional y al control de convencionalidad, el cual es el objetivo principal de la tesis. Asimismo, los objetivos específicos permitieron determinar el marco conceptual e histórico relacionado a la pena privativa de libertad y los alcances de la aplicación de las medidas de seguridad, reconocer los principios constitucionales y legales que refieren a las penas y sanciones, identificar las normas relativas al control de convencionalidad que rigen la aplicación de medidas de seguridad. Además, se realizó un análisis de los fundamentos del Tribunal de Sentencia de Ñeembucú para la aplicación de las medidas de seguridad en los fallos, y de algunos casos de la C.S.J. y su problemática en la aplicación y la ejecución de las medidas de seguridad. Para la obtención de las informaciones se realizó un estudio y análisis normativo, doctrinario y jurisprudencial. En ese orden de ideas, se infiere que la aplicación de las medidas de seguridad, específicamente la reclusión en establecimiento especial de seguridad conjuntamente con una pena privativa de libertad en el proceso penal paraguayo es una violación constitucional y convencional. 

PALABRAS CLAVE: Medidas de Seguridad, Pena, Sanción, Constitucionalidad, Convencionalidad.

HIPÓTESIS Y OBJETIVOS:
La hipótesis sobre la que se trabaja en esta investigación consiste en que, conforme a la Constitución Nacional y la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, la aplicación de la medida de seguridad conjuntamente con la pena privativa de libertad por parte de los juzgadores, vulnera el principio non bis in idem. El mencionado principio manifiesta la imposibilidad de imponer duplicidad de sanciones en los casos en que se desprenda la misma identidad de sujeto, hecho y fundamento. 
En atención a la imposición de las medidas de seguridad conjuntamente con la pena privativa de libertad, las preguntas que se abordan en la investigación son: En un aspecto más general: ¿Cuál es el marco conceptual e histórico relacionado a las sanciones? En ese sentido, una vez definido los principios, ¿Cuáles son las normas convencionales sobre las medidas de seguridad? A nivel jurisprudencial: ¿Cuáles son los fundamentos del Tribunal de Sentencia de Ñeembucú para la aplicación de las medidas de seguridad en los fallos? 
En cuanto, al objetivo general que se plantea es analizar si las medidas de seguridad dictadas en los procesos penales se adecuan a lo prescripto a la Constitución Nacional y al control de convencionalidad. 
En relación a los objetivos específicos para poder alcanzar el general, mediante esta investigación se analiza el marco conceptual e histórico relacionado a la pena privativa de libertad, analizando los alcances de las medidas de seguridad. Pudiendo así reconocer los principios constitucionales y legales que refieren a las penas y sanciones. Así también se ha identificado las normas relativas al control convencional que rigen para la aplicación de las medidas de seguridad. Se analiza textos de doctrinarios, y se realiza un análisis de los fundamentos del Tribunal de Sentencia de Ñeembucú y de algunos fallos de la Corte Suprema de Justicia, tomando en consideración la sana crítica y la valoración de los jueces para la aplicación de las medidas de seguridad para los condenados peligrosos y su imposición punitiva.