Tesis - TFG

N° 55. RESPUESTAS DEL ESTADO PARAGUAYO A LOS HECHOS PUNIBLES COMETIDOS POR COMUNIDADES INDÍGENAS

N° 55. RESPUESTAS DEL ESTADO PARAGUAYO A LOS HECHOS PUNIBLES COMETIDOS POR COMUNIDADES INDÍGENAS

N°: 55
CARRERA: MAESTRÍA EN DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL
AÑO: 2023
AUTORA: SILVIA MARLENE DELMAS SERVIAN

RESUMEN:

La tesis presenta como objetivo general, establecer la correcta aplicación de la legislación paraguaya a la luz de los estándares internacionales en cuanto al cumplimiento de los Derechos Humanos de los pueblos indígenas, esto responde a la necesidad de que el tema investigado importa para nosotros una cuestión sumamente importante, pues sobre el Estado pesa el compromiso de remover todos los obstáculos que pudieran impedir el acceso a la justicia y el debido proceso legal que implica el juzgamiento de los integrantes de dichas comunidades, que tanto en la Constitución Nacional y los cuerpos legislativos convencionales pregonan. La hipótesis parte de la premisa principal referente a que los miembros integrantes de comunidades indígenas son considerados personas de tratamiento especial dentro de los procesos penales por hechos delictivos cometidos cuando estos ya sobrepasan los límites de aplicación de su derecho consuetudinario, por lo tanto, el régimen de procesamiento y juzgamiento penal adoptado para someter a los mismos al poder punitivo del Estado, presenta varias particularidades adecuadas a su estatus especial y se presentan dentro de los juicios especiales del Código Procesal Penal, el que establece las reglas del juicio a los miembros de las comunidades indígenas, que suponen un tratamiento diferenciado, que, a su vez, deben cumplir con las exigencias internacionales que asume el Paraguay. Para desarrollar todo lo mencionado, el presente trabajo investigativo se realiza conforme a un proceso de revisión bibliográfica, consistente en la búsqueda, análisis, e incorporación de datos sobre fuentes documentales, tanto impresas como también digitales. 
PALABRAS CLAVE: Proceso Penal, Derecho Consuetudinario, Pueblos Indígenas, Derechos Humanos, Acceso a la Justicia.

HIPÓTESIS Y OBJETIVOS:
La hipótesis que se encuentra planteada en el presente trabajo es que los miembros de comunidades indígenas son considerados personas de tratamiento especial dentro de los procesos penales. Por lo tanto, el régimen de procesamiento y juzgamiento penal adoptado para someter a los mismos al poder punitivo del Estado presenta particularidades adecuadas a su estatus especial. Estas normas aplicables tienen base en la Constitución Nacional y se presentan también dentro de los juicios especiales dentro del Código Procesal Penal, el que establece las reglas del juicio a los miembros de las comunidades indígenas y que suponen un tratamiento diferenciado, que, a su vez, deben cumplir con las exigencias internacionales que asume el Paraguay como parte de la Convención Americana de Derechos Humanos. Partiendo de la idea de que los pueblos o comunidades indígenas son parte de la población paraguaya y que durante el correr de la historia, desde los inicios del territorio paraguayo se les ha reconocido su existencia y derechos fundamentales, va proyectando aún más el ideal del respeto de sus derechos humanos en todos los aspectos que estos puedan abarcar, hasta llegar a las cuestiones más delicadas como es el procesamiento penal, además, considerando indefectiblemente que estos derechos y garantías expresamente reconocidos se encuentran garantizados en la Constitución Nacional, las leyes internas y también por varias disposiciones de orden internacional, las cuales determinan cada actuación que el Estado debe observar respecto a las comunidades indígenas. Pero en algunas ocasiones, tanto en el ámbito social, económico y de relacionamiento, más aún, en el ámbito procesal penal, que de conformidad a la experiencia y teniendo como base los fallos judiciales, se considera que muchos de los derechos de los pueblos indígenas no son respetados, es por ello que en este trabajo queremos presentar las condiciones que deben darse en proceso penal, para que se considere que se han cumplido con los estándares nacionales e internacionales que ello implica, demostrando en todo caso, las falencias existentes en la aplicación de los principios básicos, derechos y garantías de las comunidades indígenas en el Paraguay. De manera a sustentar la hipótesis planteada en el trabajo de investigación, hemos establecido como objetivo general del tema en estudio, determinar si las respuestas de los órganos jurisdiccionales del Estado paraguayo constituyen una solución a la problemática de los miembros de los pueblos indígenas que hayan cometido delitos en concordancia con la protección que los instrumentos internacionales otorgan a estos sujetos. Lo cual importa que el contenido se encuentre centrado en demostrar ciertas cuestiones que se establecen como objetivos específicos, siendo estos los siguientes; primeramente, determinar sobre la participación de los miembros de los pueblos indígenas en un proceso penal a partir de su derecho consuetudinario, para luego puntualizar sobre el cumplimiento de los estándares internacionales en la legislación paraguaya aplicada a los miembros de comunidades indígenas que han delinquido. Y finalmente, analizar si las respuestas que otorgan los Tribunales paraguayos a los miembros de comunidades indígenas son acordes al fin de protección que los instrumentos nacionales e internacionales otorgan a sus derechos.