N°: 87
PROGRAMA DE POSGRADO: MAESTRÍA EN DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL
AÑO: 2025
AUTORA: RUDY SABEL CARBALLO VERA
RESUMEN:
Los hechos punibles en detrimento de la mujer son una problemática social, económica y judicial que va en aumento progresivo a nivel global y por supuesto nuestro país no se encuentra exento de dichos ilícitos penales. Hablar y dar visibilidad a esta situación alarmante comprende sin duda alguna un medio para buscar erradicar una problemática cual como se dijo no solo afecta a la propia víctima, sino que a todo un seno familiar. Viendo la necesidad de prevención de esta problemática social es que nace la sanción y promulgación de la Ley Nº 5777/16 la cual nace a modo de complementar la Ley Nº 1600/00, la cual permite al Juzgado de Paz la posibilidad de aplicación de medidas de seguridad para salvaguarda de la mujer víctima de violencia. En este estado lo que se buscó fue hacer un análisis comparativo sobre las medidas que son dictadas por el Juez de Paz ante los hechos mencionados y si estos se vinculan con las medidas aplicadas por el Juez Penal de Garantías ante hechos de violencia familiar según la calificación jurídica tipificada en el art. 229 del CP. Siendo asi, el objetivo general trazado ha sido; Analizar cuáles son los criterios que los jueces de Paz y Penal de Garantías de la Circunscripción Judicial de Ñeembucú aplican al momento de aplicar medidas de protección a las víctimas de violencia dentro del seno familiar. Para el logro de dicho objetivo se ha considerado que la metodología más adecuada para ello ha sido el abordaje por medio del enfoque mixto (cuantitativo y cualitativo), pues se hizo una revisión bibliográfica que permitió adentrarse a los hechos punibles de violencia familiar cometidos contra las mujeres en base a diferentes doctrinas, leyes, jurisprudencias y demás documentos que aportaron nociones y datos relevantes sobre el tema. Así mismo, se procedió al análisis de resoluciones dictadas por el Juzgado de Paz y por los Juzgados Penales de Garantías dictados en casos de violencia familiar y en donde se hayan aplicado medidas de seguridad en salvaguarda a las víctimas de dicho hecho punible. Según el estudio planteado, se pudo concluir que el Juez de Paz y el Juez Penal de Garantías aplican las mismas medidas de protección para salvaguardar a la mujer víctima de violencia ocurrido dentro del seno familiar, independientemente de la normativa y el proceso judicial aplicado para cada caso.
PALABRAS CLAVES: violencia familiar, mujeres, medidas, juzgado de paz, juzgado penal de garantías.