Tesis - TFG

N° 103. LA PRESCRIPCIÓN PENAL EN LA LEGISLACIÓN PARAGUAYA

N° 103. LA PRESCRIPCIÓN PENAL EN LA LEGISLACIÓN PARAGUAYA

N°: 103
PROGRAMA DE POSGRADO: MAESTRÍA EN DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL
AÑO: 2025
AUTORA:   LAURA PATRICIA WOLCHAN DE STEPPUHN

RESUMEN:

La tesis estudia la prescripción penal en la legislación paraguaya y se justifica en comprender cómo la prescripción penal se relaciona con la duración máxima del proceso, afectando a las partes intervinientes en un proceso penal, evitando una pena o sanción creando inseguridad legal para el procesado y la víctima. Dentro de la materia penal de nuestro país, se regula la prescripción en el artículo 138 del Código Procesal Penal, como un modo infalible de extinción de la responsabilidad penal del procesado cuando transcurre el plazo del tiempo que la ley establece, creando efectos jurídicos tanto para el imputado como para el Estado. Como resultado del planteamiento se estableció como objetivo general, analizar el alcance de la aplicabilidad de la institución de prescripción penal en cuanto a su interferencia en el ejercicio de las partes involucradas en un proceso judicial. En la metodología se empleó un método mixto, por una parte, explicativo y por otra, comparativo para complementar se adoptó un enfoque doctrinal o dogmático centrado en examinar la legislación nacional en mediante una técnica de recolección de datos sobre la prescripción penal apoyado en las revisiones bibliográficas de documentos existentes con postulados de la doctrina y además se utilizó un método analítico de jurisprudencias nacionales para identificar las causas y consecuencias que conllevan la extinción de la responsabilidad penal del procesado en relación al plazo de la prescripción penal. Los principales hallazgos en las jurisprudencias estudiadas sobre los criterios jurídicos de los jueces al momento de realizar el cómputo para operar la prescripción penal en situaciones de suspensión e interrupción, se tuvo en cuenta en la primera resolución la denuncia realizada sobre el hecho punible de incumplimiento del deber alimentario habiendo superado la duración máxima del proceso, con la segunda resolución sobre rebeldía que interrumpió el plazo, se consideró que ha transcurrido el doble del plazo por la prescripción habiendo perdido la oportunidad de juzgar y sancionar el hecho punible de invasión de inmueble ajeno y lo mismo se aplicó al hecho punible de resistencia en otra causa y por último en el hecho punible de hurto agravado, transcurrió el triple del plazo máximo de la duración de la medida preventiva. La conclusión que se ha llegado en la investigación de tesis, se deduce que independientemente de la suspensión e interrupción queda operada la prescripción penal por haber transcurrido el doble del plazo previsto para la prescripción, conforme a los artículos 101, 102, 103 y 104 del Código Penal y el artículo 138 del Código Procesal Penal.

PALABRAS CLAVE: suspensión, interrupción, prescripción