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N° 13. LA DETERMINACIÓN DE LA PENA EN TRIBUNALES DE CIUDAD DEL ESTE: ANÁLISIS DE CONDENAS Y FUNDAMENTACIÓN DE SENTENCIAS

N° 13. LA DETERMINACIÓN DE LA PENA EN TRIBUNALES DE CIUDAD DEL ESTE: ANÁLISIS DE CONDENAS Y FUNDAMENTACIÓN DE SENTENCIAS

N°: 13
CARRERA: MAESTRÍA EN DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL
AÑO: 2020
AUTORA: GLORIA MARÍA EUSTAQUIA ARCE CAÑETE


RESUMEN: 

Los Tribunales de Sentencias de Alto Paraná apartados de los criterios objetivos del art. 65 del C.P.P. bases para la medición de la pena, utilizan criterios numéricos para luego intentar trasladar eso a las sentencias definitivas, es decir, la imposición de sanción primeramente y luego el trabajo intelectivo de la interpretación normativa apartado del deber ser de la reinserción social, readaptación del reo a una vida sin delinquir. La presente investigación tuvo por objetivo general “conocer los criterios de los Tribunales de Sentencias de la Sexta Circunscripción Judicial al momento de considerar la imposición de una pena y sanción”. En particular se da la situación de etiquetas al momento de considerar una pena, es decir, la vulneración de derechos y garantías expuestos en las normas penales y procesales y sobre todo en el derecho constitucional, el deber de fundar las resoluciones acordes a la ley, hechos y derechos. La hipótesis sobre la cual giró el trabajo de investigación radica en la “falencia en el proceso de medición de la pena por parte de los Tribunales de Sentencia de Ciudad del Este, periodo febrero-junio del año 2017 en perjuicio a lo dispuesto en el art. 65 del Código Penal que establece las bases para la medición de la pena en Sentencias Definitivas”. El presente pretende analizar la correcta aplicación de la normativa vigente en cuanto a la medición de la pena en relación a los procesados condenados por parte de los Tribunales de Sentencia de Ciudad del Este. La idea base ha sido identificar el cumplimiento de la finalidad de la normativa penal respecto a la imposición de una sanción penal que parte de los Tribunales de Sentencia de Ciudad del Este. Comprender los parámetros que utilizan los jueces al momento de aplicar penas y medir la relación entre pena justa y valoración correcta del artículo 65 de la Ley Penal. Se utilizó el método dogmático y deductivo. 

Palabras claves: Pena, Condena, Medición, Tribunal, Valoración.

HIPÓTESIS Y OBJETIVOS:
La hipótesis sobre la cual giró cl trabajo de investigación ha sido: El art. 65 del Código Penal establece las “bases para la medición de la pena” en Sentencias Definitivas. Sin embargo, existe una falencia en el proceso de medición de la pena por parte de los Tribunales de Sentencia de Ciudad del Este, periodo febrero-junio, teniendo en cuenta los parámetros establecidos en la normativa citada. 
Se ha procedido a identificar la falencia en el proceso de medición de la pena por parte de los Tribunales de Sentencia de Ciudad del Este, periodo febrero-junio del año 2017 en perjuicio a lo dispuesto en el art. 65 del Código Penal que establece las “bases para la medición de la pena” en Sentencias Definitivas. El presente es un análisis de la correcta aplicación de la normativa vigente en cuanto a la medición de la pena en relación a los procesados condenados por parte de los Tribunales de Sentencia de Ciudad del Este. La idea base ha sido identificar el cumplimiento de la finalidad de la normativa penal respecto a la imposición de una sanción penal parte de los Tribunales de Sentencia de Ciudad del Este. Comprender los parámetros que utilizan los jueces al momento de aplicar penas y medir la relación entre pena justa y valoración correcta del artículo 65 de la Ley Penal. 
De lo señalado antecedentemente deriva la existencia de una discordancia respecto al proceso intelectivo y metódico que debe seguir el Tribunal de Sentencias al momento de establecer una pena conforme a los parámetros del Art. 65 del C.P. Las fundamentaciones son vacías cayendo en contradicciones al momento de señalar los aspectos positivos o negativos de cada inciso de la normativa, cayendo en la doble valoración vedada por la norma y en la interpretación errónea de los alcances de cada causal de reproche.