Tesis - TFG

N° 48. PRUEBA INDICIARIA Y TUTELA EFECTIVA DEL PRINCIPIO DE INOCENCIA DENTRO DEL PROCESO PENAL

N° 48. PRUEBA INDICIARIA Y TUTELA EFECTIVA DEL PRINCIPIO DE INOCENCIA DENTRO DEL PROCESO PENAL

N°: 48
CARRERA: MAESTRÍA EN DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL
AÑO: 2023
AUTORA: JESSICA BELÉN CONTRERA FRETES

RESUMEN:

La tesis desarrollada presenta un análisis exhaustivo sobre la eficiencia de la prueba indiciaria frente al derecho constitucional de la presunción de inocencia como derecho fundamental dentro del proceso penal, estableciendo de este modo si la prueba indiciaria como medio único, puede sustentar una condena sin vulnerar el estado de inocencia, centrándonos para ello desde la perspectiva de la libre valoración, estableciendo sus  presupuestos esenciales, atendiendo las garantías y respetando los límites que impone la ley respecto a los derechos. Es allí donde se forma la controversia sobre la prueba de indicios, cuando se debate sobre su utilidad y pertinencia, sin embargo, ella adquiere importancia y justifica su función en todos los supuestos en que no exista otro modo de llegar a la verdad, sin pruebas directas, pero en base a indicios serios, de otro modo se dejarían impunes numerosos hechos delictivos, empero, ella debe ser construida legalmente, y por ello, buscamos establecer sus presupuestos concreta, precisa y claramente, a partir de la investigación y recolección de información y datos de obras e investigaciones precedentes que pudieren corresponder al tema investigado, buscando aportar un contenido importante y útil que resuelva cuestiones que hacen a la materia estudiada, esto se centra en el derecho a las pruebas, la conceptualización, naturaleza jurídica e importancia de la prueba indiciaria, así como la construcción de la misma para fundamentar una sentencia, lo que se traducirá siempre en establecer cuáles son los requisitos jurisprudenciales que sustentan su validez y legitimidad.

PALABRAS CLAVE: Proceso Penal, Pruebas, Indicios, Tutela, Principio de Inocencia.

HIPÓTESIS Y OBJETIVOS:
La hipótesis presentada en la investigación propone destacar la pertinencia y la utilidad de la prueba indiciaria dentro del proceso penal en aquellos casos en los cuales no es posible la obtención de prueba(s) directa(s) para el juzgamiento del señalado como autor de un hecho punible, de modo a que la convicción judicial a la que se pueda arribar sea resultado de un debido proceso en el que no sea vulnerado ningún derecho o garantía y por sobre todo, el estado de inocencia del que goza la persona inmersa en el proceso judicial, a través de la concreta determinación de los presupuestos que la validan y las condiciones doctrinarias que la respaldan. El principio constitucional de inocencia opera de dos maneras dentro del proceso penal; primeramente, este derecho es concebido como una regla de tratamiento del procesado, es decir, es un derecho que impone a las autoridades judiciales y demás intervinientes en el proceso penal, a que no se refieran, ni siquiera hagan alusión sobre la culpabilidad de la persona que se halla inmiscuida en el proceso, pues de ser tildado aún en los aspectos más diminutos, como autor de un hecho punible que está siendo investigado o aún, de un proceso en puerta de conclusión, causaría una violación a este derecho de rango constitucional. El individuo sobre el que pesa un proceso penal, ya se encuentra cargando con todo el poder punitivo estatal sobre sí, por lo que merece que durante el avance del proceso sea tratado como lo que es, una persona investigada, imputada, procesada, en espera de una resolución, pues es el único medio con la cualidad de cambiar ese estado de inocencia y pasar así, según el mérito de lo probado, a ser una persona culpable. Según nuestra legislación positiva, las autoridades sólo pueden dar información sobre los procesados, y la sospecha que existe contra ellos de ser autores de hechos punibles, recién después del Auto de Apertura a Juicio Oral y Público, ello, es una forma de hacer efectivo el derecho fundamental que la propia CN reconoce expresamente. Ahora bien, existe otro modo operario del derecho a la presunción de la inocencia, y este es, sin lugar a dudas, el punto que más interesa en el trabajo, la presunción de inocencia como regla dentro de la actividad probatoria, que direcciona la recolección, admisión, producción y valoración de las pruebas dentro del proceso penal, pues la condena debe devenir en todos los casos, de una valoración razonada del caudal probatorio obtenido lícitamente dentro de la investigación pública. Es aquí donde comienza a tomar sentido la utilidad y también la importancia de la prueba indirecta, pues existen supuestos en los que no es posible acceder a la obtención de pruebas directas, por la circunstancia que sea, y es allí donde primero el Ministerio Público puede llevar adelante el proceso, hasta la fase final del Juicio Oral, donde el Tribunal podrá sopesar y valorar todos los indicios, los cuales deben encontrarse totalmente acreditados, de modo a ir formando su convicción y no dejar impunes hechos que realmente no dejaron rastros concretos, pero sí, elementos muy obvios que unidos, pueden esclarecer las cuestiones. Por lo que es plenamente válido sostener, que la prueba indiciaria es constitucionalmente lícita y potente para desvirtuar la presunción de inocencia y de ese modo fundar una sentencia condenatoria, siempre que la misma se haya estructurado, controlado y valorado conforme a los criterios doctrinales que la predican, de modo a que la resolución final de la causa sea resultado de un debido proceso, y por ende, sea completamente válida para el Estado y justa para la persona sobre quien recae la sentencia. De manera a demostrar la validez de la hipótesis sobre la cual versará el trabajo de investigación, nos hemos propuesto desarrollar su contenido conforme los siguientes objetivos específicos que se irán alcanzando a medida que este vaya progresando en sus UNAE UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE ENCARNACIÓN Creada por Ley Nº 3438/08 7 distintos capítulos, así, el objetivo del primer capítulo se halla orientado a hacer conocer el instituto de la prueba indiciaria como régimen de valoración especial; su funcionamiento y ponderación dentro del proceso penal, respondiendo a la primera pregunta específica que plantea la cuestión acerca de si realmente se observan estrictamente las pautas que rigen la prueba indiciaria dentro del proceso penal. El segundo capítulo buscará como objetivo destacar la importancia de la prueba indiciaria dentro de un proceso penal a los efectos de evitar la impunidad, objetivo que responde a la segunda pregunta específica que planteamos de sobre el hecho referencia a si puede desvirtuarse el estado de inocencia en base a la valoración de indicios. Concluyendo con un tercer capítulo que tiene como objetivo establecer la compatibilidad de la prueba indiciaria con la exigencia constitucional del debido proceso del que pueda derivar una sentencia condenatoria, respondiendo de ese modo a la última pregunta general que se presenta en el trabajo sobre y que busca determinar si es suficiente la prueba indiciaria o indirecta para sustentar por sí sola una sentencia de condena. De ese modo se logrará al responder a la pregunta general planteada en la investigación sobre el hecho de si puede la prueba indiciaria ser un medio único a través del cual poder llegar a la condena, sin vulnerar el principio de inocencia, lo que cumpliéndose de ese modo se logrará llegar al objetivo general que plantea analizar la eficiencia de la prueba indiciaria frente al derecho constitucional de la presunción de inocencia como derecho fundamental dentro del proceso penal.