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Padre Kreusser, entre Honorio González e Independencia Nacional
Encarnación, Paraguay.
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Padre Kreusser, entre Honorio González e Independencia Nacional
Encarnación, Paraguay.
En el mes de mayo del 2020 fue dada a conocer por el Consejo Nacional de Educación Superior, CONES, la nómina de universidades que cumplieron con los requisitos exigidos para continuar dando clases de manera virtual durante la cuarentena por la pandemia COVID-19.
La UNAE y el ISEDE encabezan la nómina aprobando40 carreras (23 de grado y 17 de posgrado) con los requisitos establecidos en la Resolución 08/2020 “QUE ESTABLECE PAUTAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR A FIN DE APLICAR HERRAMIENTAS DIGITALES DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA -COVID19- DISPUESTA POR LAS AUTORIDADES NACIONALES”.
De las 54 universidades y 36 institutos superiores que hay en el sistema paraguayo, solo 24 entidades informaron al Cones las ofertas académicas que darían en la modalidad virtual, y tres fueron las que aprobaron en la primera presentación, siendo encabezada la nómina por la UNAE seguida del ISEDE.
Entre los requisitos e indicaciones de la Resolución 8/2020 se mencionan:
a) Las carreras de pregrado, grado y programas de postgrado deberán estar legalmente habilitadas en la modalidad presencial.
b) Las Instituciones de Educación Superior que opten por desarrollar sus ofertas académicas deberán comunicar y remitir al Consejo Nacional de Educación Superior (CONES) la Resolución Institucional sobre dicha determinación, a fin de que se inserten las carreras de pregrado, grado y programas de postgrado en el REGISTRO NACIONAL DE OFERTAS ACADÉMICAS PRESENCIALES QUE APLICAN HERRAMIENTAS DIGITALES DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE establecido para el efecto, detallando las carreras y programas que lo han aplicado y las modalidades utilizadas. RESOLUCIÓN CE –CONES N° 08/2020 Página 2/3
c) La aplicación de dichas herramientas digitales de enseñanza-aprendizaje no modificará la calidad o condición de habilitación de las carreras de grado o programas de postgrado como presencial.
d) Los alumnos deberán recibir un servicio educativo de calidad y tener acceso a los recursos de la tecnología, la información y la comunicación, contar con el equipamiento y los materiales adecuados a los requerimientos del aprendizaje mediado, debiendo la entidad de educación superior establecer los mecanismos para acompañar el proceso a través de plataformas digitales de enseñanza y otras herramientas.
e) Establecer un sistema de tutorías -en línea- que desarrolle la interactividad y la atención a las necesidades de aprendizaje de los estudiantes en la utilización de las herramientas digitales de enseñanza-aprendizaje, pudiendo las mismas estar disponibles en las páginas digitales de la Institución de Educación Superior.